Todas las facturas de bienes y servicios deberán detallar el IVA

El 1 de abril, todos los vendedores de bienes y servicios deben detallar el IVA en sus facturas. El incumplimiento podría acarrear clausuras de hasta 6 días, según ARCA.

A partir de mañana, 1º de abril, entra en vigor la obligación de desglosar el IVA en todas las facturas emitidas por vendedores de bienes y servicios, según lo estipulado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Este cambio corresponde al régimen de transparencia fiscal que comenzó a implementarse en enero de 2024, y tiene como principal objetivo que los consumidores sean informados sobre el IVA y otros impuestos nacionales indirectos que forman parte del precio final que pagan. En la etapa inicial, esta medida fue dirigida exclusivamente a grandes empresas.

Es importante destacar que esta normativa no afecta a los monotributistas, quienes continuarán emitiendo sus facturas de la manera habitual.

El incumplimiento de estas obligaciones podría resultar en sanciones que incluyen la clausura del establecimiento por un periodo que oscila entre 2 a 6 días, tal como lo establece la Ley de Procedimientos Fiscales.

Todas las facturas y tickets que se emitan deberán incluir la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743”. Asimismo, deben presentar en un apartado específico el monto del IVA incluido en el precio total del producto o servicio.

De esta forma, la medida busca asegurar que todos los consumidores posean información clara y detallada sobre la carga impositiva que impacta en sus compras diarias.